Los montes vecinales en mano común son una forma de propiedad colectiva que se da en algunas zonas de España, especialmente en Galicia y Asturias. Se trata de terrenos que pertenecen a una comunidad de vecinos, que los gestiona y aprovecha de forma común, sin que exista una división física ni jurídica de las parcelas. Dicho esto, es aquí donde entran en juego los llamados derechos de agua y minería en los montes vecinales, que están regulados por diferentes normas, según el tipo de recurso y la actividad que se pretenda realizar. Dentro del equipo multidisciplinar de Escariz Abogados, en nuestro despacho de Vigo podemos atenderle si tiene cualquier cuestión relacionada con esta particular área del derecho.
Regulación de los derechos de agua en minería
Relativo a este asunto, en general podemos encontrar tres elementos muy concretos sobre la regulación y lo que regulan:
-Aprovechamiento del agua
El aprovechamiento de aguas superficiales o subterráneas para uso doméstico, agrícola o ganadero por parte de los comuneros. En este caso, se aplica la Ley de Aguas y el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que establecen que los comuneros tienen preferencia para el uso de las aguas que discurran por sus montes, siempre que no afecten al interés general ni a terceros. Para ello, deben solicitar la correspondiente concesión o autorización administrativa ante el organismo de cuenca.
-Explotación de recursos
La explotación de recursos minerales metálicos o no metálicos por parte de terceros queda regulada con la aplicación de la Ley de Minas y el Reglamento General para el Régimen de la Minería, que establecen que los montes vecinales son terrenos francos, es decir, que no están sujetos a reserva minera ni a derechos preferentes. Por tanto, cualquier persona puede solicitar un permiso de investigación o una concesión de explotación sobre los mismos, previo pago de una indemnización a los comuneros por los daños y perjuicios que se les causen.
-Respecto a obras hidráulicas o mineras
En los montes vecinales también es preciso regular la realización de obras hidráulicas o mineras de interés general por parte de la Administración. En este caso, se aplica la Ley de Expropiación Forzosa y el Reglamento de Valoraciones, que establecen que la Administración puede ocupar temporal o definitivamente los montes vecinales para ejecutar obras públicas que sean declaradas de utilidad pública o interés social, previa declaración de necesidad de ocupación y pago del justiprecio a los comuneros.
¿Dudas sobre los derechos de agua y minería?
Dado que los montes vecinales son una figura bastante particular de Galicia y que Escariz Abogados somos un despacho de Vigo, contamos con especialistas del derecho que le pueden ayudar a resolver problemas legales que se planteen con los derechos de agua y minería de los propios montes vecinales, que efectivamente están sujetos a diversas limitaciones y condiciones y deben ser respetadas por los comuneros y por los terceros interesados. Es la manera de garantizar un equilibrio entre el interés colectivo de los propietarios, el interés general de la sociedad y el interés particular de los explotadores. Si podemos resolver cualquier otra duda, llámenos cuando lo necesite.